Parques eólicos

¿Cuánto produce un molino de viento?

Un aerogenerador moderno produce electricidad entre el 70 y el 85% del tiempo, pero genera diferentes resultados en función de la velocidad del viento. En el decurso de un año, genera aproximadamente el 30% del máximo teórico. Esto se conoce como su «factor de carga».

Un estudio fija en 30 euros por metro cuadrado el valor del suelo rústico para usos energéticos.

En la actualidad las empresas pagan 6 euros por metro cuadrado como máximo. Teniendo en cuenta que para instalar un aerogenerador se expropia una hectárea de terreno, sus propietarios recibirían unos 300.000 euros por instalación.

Un estudio fija en 30 euros por metro cuadrado el valor del suelo rústico para usos energéticos
Un estudio de la Escuela Politécnica Superior de Lugo de la Universidad de de Santiago de Compostela (USC) fijó en 30 euros por metro cuadrado el valor del suelo rústico para usos energéticos -eólico o solar- en régimen de expropiación. Este importe es cinco veces superior a lo que perciben actualmente los propietarios de los terrenos, entre dos y seis euros por metro.

El profesor de la USC, Miguel Álvarez, presentó el informe, encargado por el sindicato Unións Agrarias (UU.AA.) y la asociación Ventonoso, en el que se contemplaron distintos métodos de valoración y criterios jurídicos para estipular las cuantías que deberían recibir los propietarios.

Terreno mal pagado
Álvarez aludió a la Ley del Suelo del Estado para indicar que el terreno rústico debe ser pagado conforme a la productividad que genere. Además, los terrenos en los que se instalan los aerogeneradores tienen »características intrínsecas dadas por la naturaleza» que los hacen idóneos para este tipo de actividad. Por esto, las parcelas »no pueden pagarse a unos céntimos el metro, como intentaron hacer las eólicas», aseguró.

En la actualidad las empresas pagan seis euros por metro cuadrado como máximo por la vía de expropiación -la más utilizada actualmente-. Teniendo en cuenta que para instalar un aerogenerador se expropia una hectárea de terreno, sus propietarios recibirían unos 300.000 euros por instalación.

Beneficios revertidos en los propietarios
En el caso del arrendamiento, el informe demanda el pago del 4% de la producción bruta por generador, lo que supondría una cifra total de 15.000 euros anuales -frente a los 5.660 euros que cobran en estos momentos, el 1% de productividad-, según explicó el presidente de Ventonoso, José Antonio Diéguez. Esta vía se utilizó hasta ahora en caso de parcelas propiedad de asociaciones vecinales de montes en mancomún, al estar establecido en la normativa que rige estas organizaciones.

El secretario general de UU.AA., Roberto García, apuntó a la necesidad de que »parte del valor que se genera revierta en los propietarios de los terrenos» y, por consiguiente, en el medio rural. En este sentido, Álvarez criticó que la actividad de la empresa »no tiene repercusión social ni económica en el sitio de producción» por estar domiciliadas en otras comunidades.

De esta forma, UU.AA. remitirá el documento a la Xunta y a los jurados de expropiación para que sea utilizado »en todos los casos» de la comunidad y del resto del Estado. »Queremos que sea una práctica real en los procesos de expropiación», manifestó García y aclaró que los precios estipulados »no son una petición de negociación para llegar a un término medio». Consideró que el estudio »llega en un momento oportuno» para los propietarios que se verán afectados por la construcción de nuevos parques aprobados por el bipartito en el marco del concurso eólico.

Participación en el capital
Además de la expropiación, el estudio propone que se contemple como forma de obtención de los terrenos el alquiler para particulares y la participación en el capital de las firmas eólicas mediante la aportación de tierras. Miguel Álvarez estimó que el valor del suelo no debería ser inferior al 13% sobre el capital de la empresa. Así, el dueño sería retribuido con la participación en los beneficios de la compañía.

García y Álvarez coincidieron en criticar la expropiación como método de obtención de solares. El profesor de la USC argumentó que está fórmula »solo» está permitida por causas de »utilidad pública o uso social». »El interés social es muy dudoso» y aseguró que »si se impugnara esta declaración, seguramente se perdería».

Ejemplos:

María tiene 53 años, hace ocho arregló una bonita casa en Alcuneza para pasar el verano y algunos fines de semana. Compró la casa, que venía junto con un pequeño huerto y dos parcelas en el monte; sobre una de ellas se instalaría el aerogenerador más cercano, a unos 1.300 metros del pueblo. La renta prometida por Green Capital Power supongamos que sería de 4.000 € pero en las dos hectáreas donde se instalaría hay 12 propietarios; por lo que María recibiría 333 €. Es trabajadora por cuenta ajena con un buen salario bruto de 45.000€; y aunque tiene la obligación de presentar el Impuesto sobre la Renta le hacen bien la retención y ni paga ni le devuelven. El año que la promotora le ingresara el arrendamiento de los 333€, técnicamente se consideraría un rendimiento del capital inmobiliario que incrementaría su base imponible; por lo que le saldría a pagar 128€. Además, la subida del IBI (contribución) por el cambio del uso del suelo ha sido de 140 €. En total ganaría unos 65€. Todo ello suponiendo que tenga conocimientos informáticos y fiscales para presentar la Declaración censal (Modelo 037) una sola vez, tres trimestres de IVA (Modelo 303) sin actividad, un trimestre de IVA (Modelo 303) con ingreso de 70€ cuando cobre la renta y el modelo 390 de resumen anual de operaciones de IVA en enero, además de la declaración del IRPF de mayo a junio.  Tengamos en cuenta que cualquier olvido en la presentación de cualquiera de estas siete autoliquidaciones puede reportar una sanción mínima de 150€… Y todo ello por sólo 65€ al año… Juzgue el lector…

Otro problema es que aunque a ella le vendieron la parcela en escritura pública la misma no aparece inscrita en el Registro de la Propiedad, por lo que tendría que intentar una inmatriculación. Y, cuando conoce el coste y los trámites de la misma, se da cuenta de lo poco atractivo de la renta que le ofrecen.

Pedro, de 76 años, vive en Guadalajara en invierno, pero para el resto del año tiene una casa en Riosalido que heredó y ha ido arreglando poco a poco. Parte de la herencia es una parcela en los baldíos donde se instalaría el aerogenerador más cercano, a unos 900 metros del pueblo. La renta prometida por Green Capital Power es de 4.000€ pero en las dos hectáreas donde se ubicaría hay 17 propietarios; por lo que recibiría 235€. Afortunadamente, hizo bien la partición de la herencia con sus hermanos y lo tiene todo bien inscrito en el Registro de la Propiedad, algo bastante extraordinario en esta zona.

Después de toda una vida trabajando tiene una pensión bruta de 17.000€, nunca ha presentado declaración de la renta ni estaba obligado. El año que percibiera el arrendamiento de 235€ estaría obligado a hacerla, y le saldría a pagar 54€. La subida del IBI (contribución) por el cambio del uso del suelo ha sido de 100€. Como no entiende muy bien cómo presentar el IVA decide ir a una gestoría (la más barata de las que he encontrado cobra 30€ por cada trimestre de IVA y 50€ por la declaración del IRPF). El modelo 390, con un poco de suerte, se lo presentan gratis. Total, tendría que pagar al gestor 170€. Si a los 235€ que le da la multinacional le restamos el IRPF, el IBI y el coste de gestoría, al final tenemos que Pedro pierde 89€.

Este tipo de cosas está haciendo que muchos propietarios estén renunciando a la renta que les ofrecen, sobre todo en zonas como Galicia donde las parcelas son aún más pequeñas que aquí. En conclusión, diremos que sólo puede ser rentable el arrendamiento de tierras para la instalación de aerogeneradores cuando eres propietario de grandes extensiones donde te colocan uno o varios de ellos, tienes las fincas perfectamente registradas y tienes suficientes conocimientos para no necesitar de profesionales para la administración de tus bienes.